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Multas de hasta 50 millones: Senado aprueba ley que combate a la “TV pirata”

La norma aprobada sanciona a quienes lucren ilícitamente mediante la comercialización indebida de instrumentos o programas que permitan decodificar señales, sin la correspondiente autorización.

El Senado aprobó y despachó a ley el proyecto que establece sanciones a la decodificación ilegal de televisión satelital de pago, y sanciona con multas de hasta 48 millones de pesos a las empresas “piratas” de esta actividad.

El texto legal, aprobado por 17 votos a favor y una abstención, modifica la Ley General de Telecomunicaciones, tiene por objeto avanzar en la protección de la propiedad intelectual y los derechos de autor en el mercado de los servicios limitados de televisión.

La norma aprobada sanciona a quienes lucren ilícitamente mediante la comercialización indebida de instrumentos o programas que permitan decodificar señales, sin la correspondiente autorización.

Durante el debate los legisladores destacaron que la moción permite cumplir con los estándares y compromisos internacionales, evitando el “pirateo” y valoraron, además, la enmienda introducida por la Cámara, en donde se especifica el “ánimo de lucro” para quienes presten instalación.

La ley sanciona con pena de multa de 10 ($481.600) a 1.000 UTM ($48.160.000) al que sin la autorización del distribuidor legal comercialice o distribuya una señal de servicios limitados de televisión adecuadamente protegida.

También a quien, de igual forma, con la misma intención y ánimo, importe, distribuya o comercialice dispositivos tangibles o intangibles destinados a la decodificación de tales señales.

En caso de reincidencia, se sancionará con una multa de 20 a 2.000 unidades tributarias mensuales y, asimismo, el decomiso de dichos instrumentos.

Sanciona, además, con pena de multa de 1($48.160) a 100 UTM ($4.816.000), al que con ánimo de lucro preste servicios de instalación de los dispositivos señalados

Además, obliga a todos los establecimientos en los que se comercialicen dispositivos de señales de servicios limitados de televisión a exhibir, en lugar destacado y claramente visible al público, un cartel en el cual se indiquen, de manera didáctica, las prohibiciones y sanciones relacionadas a la decodificación de las referidas señales.

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Daniel Lillo