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Gobierno anunció reserva de constitucionalidad: despachan RUF con indicación sobre justicia militar

La polémica se centró en el artículo que entrega competencia a la justicia militar respecto a los delitos cometidos por miembros de Carabineros y Fuerzas Armadas en servicio.

RUF justicia Militar
RUF justicia Militar

Las comisiones unidas de Constitución y de Seguridad Ciudadana de la Cámara Baja despacharon a Sala el proyecto sobre Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) para fuerzas de orden y seguridad y Fuerzas Armadas, considerando la polémica indicación de competencia de la justicia militar.

Durante la discusión, los parlamentarios además rechazaron el principio de proporcionalidad, esto es, que el tipo y nivel de la fuerza empleada es determinada por el grado de agresión.

Junto con ello, se aprobaron las etapas en el uso de la fuerza, como son: actuación mediante técnicas de comunicación, reducción física de la movilidad, utilización de fuerza menos letal, entre otras.

Justicia Militar en RUF

La polémica se centró en el artículo que entrega competencia a la justicia militar respecto a los delitos cometidos por miembros de Carabineros y Fuerzas Armadas en servicio.

Esto, en el marco de cuatro escenarios: estados de excepción constitucional; la protección de la infraestructura crítica; el resguardo de zonas fronterizas y el resguardo de actos electorales y plebiscitarios.

En esta línea, se estableció que, en ningún caso, los civiles que hayan intervenido en estos hechos podrán ser juzgados por los tribunales militares.

Ante esto, la ministra del Interior, Carolina Tohá, anunció que el Ejecutivo hizo reserva de constitucionalidad, acusando que esta norma está fuera de las ideas centrales de las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) y que no se entrega garantías a todas las partes involucradas.

Nuevos eximentes para FF.AA. y Carabineros

También se aprobaron las circunstancias eximentes para Carabineros y Fuerzas Armadas respecto al daño o afectación que causen sobre terceras personas y sus propiedades.

Igualmente, se presumirá el uso de la legítima defensa, cualquiera sea el daño que se ocasione al agresor. Esto, “respecto de aquel que impida o trate de impedir la consumación de delitos que atenten contra la vida o integridad física del personal policial, militar o de terceros”.

En tanto, los funcionarios militares que se rijan por las Reglas de Uso de la Fuerza no recibirán medidas disciplinarias como retiro parcial, baja temporal o rebaja de remuneración, mientras no concluya el sumario administrativo.

A esto se suma que en las investigaciones del Ministerio Público serán considerados víctimas o testigos, a menos que se corrobore su participación en un hecho punible.

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